03/11/2009
El Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Barcelona, en el Juicio Ordinario nº 1220/09, ha dictado sentencia a favor de un cliente de este despacho a quien una empresa adeudaba una cantidad de dinero cuyo reconocimiento el había hecho mediante documento privado.
Nuestro cliente había sido socio de dicha empresa y le había prestado diversas cantidades de dinero a la misma, que a la hora de pagarle no lo hizo, lo que obligó a formular la pertinente reclamación.
Se trata de dos ciudadanos holandeses con negocios en Barcelona. Nuestro cliente habia dejado la sociedad al comprobar que no le interesaba continuar y su socio se quedó con su parte pasando la sociedad a ser de un único dueño.
Ahora hemos formulado la reclamación judicial y, una vez entregada la demanda a la empresa, no ha tenido más remedio que allanarse a la demanda al reconoce que los hechos eran reales y estaban muy bien documentados.
El Juzgado ha dictado sentencia con fecha 28 de Octubre de 2009, estimando la demanda de nuestros abogados y condenando a la empresa pagarle la cantidad adeudada.